Histórico Amparo Colectivo Desafía el DNU de Milei en el Primer Día de Vigencia

En una contundente respuesta al recién implementado Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, que busca desregular la economía, el Observatorio del Derecho a la Ciudad encabezó, junto con la Central de Trabajadores Autónoma (CTAA) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la presentación del primer amparo colectivo por inconstitucionalidad. Este hecho marca el inicio de lo que se anticipa como una serie de acciones legales para frenar los efectos de este controvertido decreto que afecta diversos sectores de la economía nacional.

Los Actores y la Fundamentación Jurídica

El Observatorio del Derecho a la Ciudad lideró la presentación judicial, sosteniendo que el DNU de Milei es inconstitucional y constituye un ejercicio de facultades extraordinarias que equivalen a la suma de todo el poder público. A este amparo se sumaron la CTAA y la ATE, formando un frente legal que reclama la declaración de inconstitucionalidad del decreto.

El amparo busca la imposición de una medida cautelar para suspender los efectos del DNU, que aún no ha entrado en vigencia, y finalmente, la declaración de su inconstitucionalidad. El juzgado encargado de este caso, sorteado al azar, recayó en el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal a cargo de Esteban Furnari.

Rápida Resolución y Respuesta del Gobierno

Dada la naturaleza de un amparo, se espera una resolución rápida, aunque se prevé que el juzgado pueda solicitar la intervención previa del Gobierno nacional para responder a la demanda. En una entrevista reciente, Javier Milei afirmó estar preparado judicialmente para defender el decreto, subrayando que su tratamiento en el Congreso determinará la validez de sus requisitos.

Argumentos y Pedido del Amparo

Los peticionantes solicitan la declaración de «inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia». Argumentan que el DNU constituye «el ejercicio de facultades extraordinarias y equivalentes a la suma del poder público», así como «una desviación de poder y un abuso de derecho público». Además, impugnan el decreto por violar principios republicanos, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía a participar en la dirección de los asuntos públicos.

El Desafío al Procedimiento Constitucional

Los peticionantes destacan que el DNU no se dictó por imposibilidad de utilizar el trámite ordinario del Congreso, ya que este se encontraba en receso al momento de la emisión del decreto, como ocurre habitualmente cada año. Señalan que el Presidente anunció la convocatoria a sesiones extraordinarias para tratar leyes excluidas del DNU, reconociendo así que el Congreso funciona regularmente. Los peticionantes argumentan que el Poder Ejecutivo podría haber enviado el contenido del DNU como proyecto de ley al Congreso y optó por no hacerlo, cuestionando el procedimiento seguido para su control de constitucionalidad.

Impacto en Sectores Afectados

El amparo destaca que el DNU deroga totalmente 41 leyes y decretos ley, deroga parcialmente 7 leyes y modifica 33 leyes, afectando así la vigencia y contenido de 81 leyes que abarcan diversas áreas, desde la Reforma del Estado hasta temas como Trabajo, Comercio Exterior, Bioeconomía, Minería, Energía, Aerocomercial, Justicia, Salud, y más.

Este hito marca el comienzo de lo que podría convertirse en una serie de presentaciones en el fuero Contencioso Administrativo Federal, con la expectativa de que se acumulen en el juzgado 2, donde se radicó este primer amparo. El destino del DNU de Milei, ahora en manos del poder judicial, podría tener implicaciones significativas en la dirección futura de la economía nacional.

Amparo Colectivo

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