Alcances del Descanso Dominical y el feriado del 1° de Mayo para el sector comercial   


Cada vez que llega un feriado que cae lunes, se plantean dudas sobre la posibilidad que los negocios puedan trabajar durante esa jornada o el propio domingo.

Cabe recordar que en nuestra ciudad, de manera unánime, el Concejo Municipal aprobó y luego el Departamento Ejecutivo promulgó la ordenanza que adhiere a la Ley de Descanso Dominical, normativa que regula en particular los comercios de grandes dimensiones (mayores a 120 metros cuadrados), que no pueden abrir sus puertas los domingos, prohibición que protege a los empleados de los abusos de poder por parte de las grandes cadenas.

Respecto al domingo 30 de abril y el lunes 1° de Mayo, desde el CECE reiteraron que “se debe respetar la ley y como a veces aparecen algunos pícaros, estaremos controlando esos días que se cumpla lo aprobado en Esperanza”, dijo al portal líder en información y cantidad de visitantes el doctor Alejandro Húbeli, máximo referente del gremio mercantil.

Textual  

A continuación, el comunicado de prensa que envió la comisión directiva del gremio a todos los medios de comunicación de la ciudad.

Ante reiteradas consultas aclaramos que el próximo Feriado Nacional del Día del Trabajador, a celebrarse el lunes 1 de Mayo, tiene el alcance y extensión legal de todo Feriado Nacional.

Debido a la importancia del Feriado por el Día del Trabajador, descontamos que los empleadores (supermercados, cadenas de electrodomésticos y de venta de productos avícolas, etc.) cerrarán sus puertas para que los empleados festejen su día merecidamente y el domingo 30 de abril deben cerrar por disposición de la Ley 13.441 de Descanso Dominical que se encuentra en plena vigencia y que es un derecho irrenunciable de los trabajadores mercantiles.

Sobre el domingo 30 de abril pesa una prohibición sobre los comercios de abrir sus puertas por imperio de la Ley 13.441 de Descanso Dominical y el lunes 1 de Mayo es Feriado Nacional e Internacional por el Día del Trabajador.

El cierre de estos comercios dos días no afectará su actividad económica y es un derecho más que merecido de los empleados de comercio por el que han trabajado todo el año, con o sin pandemia, y todos los feriados.

HASTA UN VIERNES SANTO HAN ABIERTO SUS PUERTAS HACIENDO TRABAJAR A LOS EMPLEADOS MERCANTILES.

Cabe destacar que situaciones similares, desde que entró en vigencia la Ley 13.441 en 2015 en nuestra ciudad, ya han ocurrido, como en el año 2017 donde el Día del Trabajador recayó un día lunes igual que ahora y en 2021 donde fue un día sábado; y en ambas oportunidades los comercios estuvieron a la altura de las

circunstancias y cerraron sus puertas ambos días, no habiendo razón para que en esta oportunidad sea diferente.

– DOMINGO 30 DE ABRIL: CERRADO POR LEY 13.441 DE DESCANSO DOMINICAL.

– LUNES 1 DE MAYO: CERRADO POR FERIADO NACIONAL “DÍA INTERNACIONAL DEL TRABAJADOR”.



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